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Las trabajadoras autónomas tienen los mismos derechos y prestación por maternidad que las trabajadoras del régimen general. Sin embargo, existen algunas particularidades a tener en cuenta. Te contamos todo lo que debes saber en este post. ¡Sigue leyendo!

Baja por maternidad trabajadoras autónomas

Requisitos para cobrar la baja por maternidad siendo autónoma:
▪️ Es necesario estar afiliada y en situación de alta en RETA
▪️ Es necesario estar al corriente en el abono de las cuotas mensuales de la Seguridad Social
▪️ Periodo mínimo de cotización: varía en función de la edad.
▪️ Se trata de una prestación por baja de maternidad de 16 semanas, las cuales cubre la Seguridad Social.
▪️ La baja por maternidad se puede disfrutar también por la adopción de un menor o por el acogimiento/tutela familiar cuando el menor tenga menos de 6 años.

Información baja por maternidad para autónomas

Además…
✓ El subsidio por maternidad, da derecho a una prestación con una duración de 16 semanas. Las 6 primeras semanas son obligatorias y sin interrupción, y se deberán disfrutar a jornada completa. Las otras 10 semanas son voluntarias y se pueden disfrutar seguidas o con interrupciones, a jornada completa o parcial (12 meses desde el día del nacimiento para poder disfrutar de las 10 semanas voluntarias.)
✓ Las 10 semanas voluntarias no son transferibles a la pareja.
✓ El periodo se alarga en caso de discapacidad del bebé o partos múltiples.
✓ La baja se contabiliza desde el primer día de baja, que puede ser una fecha anterior al parto, o el mismo día de la fecha de parto.
✓ En el caso de hospitalización u otros supuestos, este plazo de 16 semanas de descanso ininterrumpido puede verse incrementado. Se ampliará tantos días como el recién nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.
✓ Las trabajadoras autónomas pueden percibir el 100% de la base de cotización o reguladora correspondiente.

 ¿Cómo solicitar la baja por maternidad?

A la hora de solicitar la baja por maternidad en 2022 hay varias opciones:

1. Solicitar la baja de maternidad por internet. Necesitarás el certificado digital o un DNI electrónico. Accede al portal «Tu Seguridad Social» para completar la baja.

2. Solicitar la baja por maternidad de forma presencial. Para solicitarla de manera presencial debes pedir cita en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Allí deberás presentar la solicitud y los documentos solicitados: libro de familia, copia del DNI, carné de familia numerosa, certificado de actividad, etc. Para pedir cita previa puedes hacerlo vía web, por teléfono (en el 901 10 65 70) o desde la APP ‘Cita previa’.

Es importante solicitar la baja de maternidad dentro de los 15 días posteriores al parto.

 

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Importe prestación por maternidad autónomos

Las trabajadoras autónomas pueden percibir el 100% de la base de cotización reguladora correspondiente.

✔️La prestación por maternidad para autónomos se calcula sumando el 100% de lo pagado como base de cotización los 6 últimos meses. El resultado /180 = la cantidad a recibir diariamente.

Además, durante el periodo de baja por maternidad no tendrás que pagar la cuota de autónomos.

Periodo mínimo de cotización baja de maternidad

El periodo mínimo de cotización para la baja de maternidad depende de la edad en el momento del parto.

✔️ Menor 21 años: sin periodo mínimo de cotización.
✔️ Entre 21 y 26 años: al menos 90 días en los 7 años anteriores al momento del inicio de la baja, o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
✔️ Más de 26 años: al menos 180 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio de la baja, o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

Ayudas y bonificaciones para autónomas de baja maternal

Existen una serie de ayudas y bonificaciones para autónomas durante la baja maternal. Estas son:

1. Bonificación de baja por maternidad para trabajadoras autónomas. Podrán recibir una bonificación del 100% de la cuota de autónomo durante el tiempo que dure la baja por maternidad.

2. Bonificación del 100% de la cuota de autónomo por cuidado del menor. Si necesita contratar a una tercera persona para que cuide de su hijo/a recibirá una bonificación del 100% de la cuota de autónomos. Esta bonificación también podrá ser recibida por el contrato de cuidadores para hijos menores de 12 años y familiares consanguíneos con una discapacidad mental del 33% o superior y una discapacidad física del 65% o superior.

3. Tarifa plana para trabajadoras autónomas que cesan su actividad. Si tras ser madre has necesitado cesar tu actividad como autónoma pero te planteas volver a retomarla, puedes solicitar de nuevo la tarifa plana de 60€/mes.

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